Bombero/a de primera de la escala técnica del Cuerpo de Bomberos de la Generalitat de Catalunya · Tema 20
Test del tema 20: Equipos de protección individual de intervención en emergencias
10 preguntasTemario específico · Medios y organización
Fuentes
- Departament d'Interior i Seguretat Pública · Guia orientativa d'estudi i manuals de referència del Cos de Bombers (temes 8-34), convocatòria 81/26
- Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, equipos de protección individualArtículos: 1-10, anexos
Pregunta de ejemplo
Según el Real Decreto 773/1997, se entiende por «equipo de protección individual»:
- a)Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud
- b)Cualquier medio técnico de protección colectiva instalado en el lugar de trabajo
- c)La ropa de trabajo corriente y los uniformes facilitados por la empresa
- d)Los aparatos portátiles para la detección y señalización de riesgos
Explicación: Es la definición del artículo 2.1, que incluye también cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. La ropa de trabajo corriente y los detectores portátiles están expresamente excluidos (art. 2.2).