Auxiliar Administrativo de Ayuntamientos de Cataluña (temario común) · Tema 7
Test del tema 7: La organización municipal: el alcalde, los tenientes de alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y los órganos complementarios. Regímenes municipales especiales (municipios de gran población y régimen especial de Barcelona)
14 preguntasRégimen local
Fuentes
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen LocalArtículos: 19-24 bis, 29-30, 121-138
- Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de CataluñaArtículos: 46-65, 72-78
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades LocalesArtículos: 35-54, 119-133
- Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona (solo convocatorias de Barcelona)Artículos: 1-30
Pregunta de ejemplo
Según el artículo 20.1 de la Ley de Bases del Régimen Local, ¿qué órganos existen en todos los ayuntamientos?
- a)El Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local
- b)El Alcalde, la Junta de Gobierno Local y las Comisiones informativas
- c)El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno
- d)El Pleno, la Junta de Gobierno Local y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
Explicación: El artículo 20.1.a) LBRL establece que el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno existen en todos los ayuntamientos; la Junta de Gobierno Local solo es obligatoria en los municipios de más de 5.000 habitantes. También la Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios (art. 20.1.e).
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 20.1